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Licencias de actividad y aperturas

Actividades económicas inocuas

Realizamos legalizaciones de actividades inocuas, actividades que por sus características no producen molestias significativas ni ninguna afectación considerable al medio ambiente, la seguridad de las personas ni los bienes, y que están clasificadas en el anexo I de la Ley 16/2015 de 21 de julio. Nos encargamos de la redacción y presentación de la documentación necesaria ante organismos oficiales y ayuntamientos.

 

Actividades económicas de bajo riesgo

Realizamos legalizaciones de actividades de bajo riesgo, actividades que pueden producir alguna molestia poco significativa o pueden tener alguna incidencia muy baja sobre el medio ambiente, la seguridad de las personas o los bienes, y que están clasificadas en el anexo II de la Ley 16/2015 de 21 de julio. Nos encargamos de la redacción y presentación de la documentación necesaria ante organismos oficiales y ayuntamientos.

 

Proyectos para locales de pública concurrencia

Realizamos legalizaciones de actividades de todo tipo de espectáculos públicos o cualquier actividad recreativa. Bares, bares musicales, restaurantes, discotecas, conciertos, cualquier tipo de actividades extraordinarias, etc. Nos encargamos de la redacción y presentación de la documentación necesaria ante organismos oficiales y ayuntamientos.

 

Actividades en régimen de autorización ambiental

Realizamos legalizaciones de actividades sometidas a autorización ambiental, que de acuerdo con la Ley 20/2009, de prevención y control ambiental de actividades, están clasificadas en los anexos I.1 y I.2. Estas actividades se subdividen en: actividades incluidas en el anexo I.1 y I.2.a, que están sometidas a autorización ambiental con una declaración de impacto ambiental, o actividades incluidas en el anexo I.2.b, que están sometidas a autorización ambiental y a un proceso de decisión previa sobre la necesidad de someterse a una evaluación de impacto ambiental. Nos encargamos de la redacción y presentación de la documentación necesaria ante organismos oficiales y ayuntamientos.

 

Actividades en régimen de comunicación

Realizamos legalizaciones de actividades sometidas a régimen de comunicación, que de acuerdo con la Ley 20/2009 son las clasificadas en el anexo III y son las que tienen menor incidencia ambiental y, por tanto, se someten a un procedimiento más simple. Nos encargamos de la redacción y presentación de la documentación necesaria ante organismos oficiales y ayuntamientos.

 

Actividades en régimen de licencia ambiental

Realizamos legalizaciones de actividades sometidas a licencia ambiental, que de acuerdo con la Ley 20/2009, de prevención y control ambiental de actividades, están clasificadas en el anexo II. Pueden ser actividades sometidas a licencia ambiental con declaración de impacto ambiental, actividades sometidas a licencia ambiental y a un proceso de decisión previa sobre la necesidad de someterse a un impacto ambiental, o actividades sometidas a licencia ambiental sin necesidad de someterse a ningún proceso de evaluación de impacto ambiental. Nos encargamos de la redacción y presentación de la documentación necesaria ante organismos oficiales y ayuntamientos.